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ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN

ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTACIÓN. La presente ordenanza fiscal regula el Impuesto Construcciones, Instalaciones y Obras en aquellos aspectos que el Texto Refundido 2/2004, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales atribuye competencias normativas a los Ayuntamientos. ARTÍCULO 2. NATURALEZA Y HECHO IMPONIBLE. 1. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es un tributo indirecto cuyo hecho imponible está constituido por la realización, dentro del término municipal, de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, siempre que su expedición corresponda a este Ayuntamiento, así como para aquellos actos urbanísticos constructivos que estén sometidos a declaración responsable. (ver documento completo, adjunto)

 

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